| Estímulos Fiscales |
Aviso Importante
A todos los contribuyentes beneficiados con Estímulo Fiscal del
ejercicio 2008, se les recuerda la obligación de presentar
el informe de impactos y beneficios de su(s) proyecto(s)
aprobados.
La
carga y envío debe realizarse a través de la aplicación
http://epmwserv.main.conacyt.mx:9093/psp/FONDOS/?cmd=login&languageCd=ESP
La fecha límite para el registro y envío de los informes es
el día 15 de abril de 2010.
Dudas
y soporte: Ing. Alejandro Vigueras Gamas
Correo: ivigueras@conacyt.mx
Teléfono:
53227700 ext. 5409 y 01 800 236 1002
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| ¿Qué son? |
El programa de apoyo del Gobierno Federal para los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, que hayan invertido en proyectos de investigación y desarrollo de tecnología dirigidos al desarrollo de nuevos productos, materiales o procesos.
Este es el camino para incentivar y promover el crecimiento y la competitividad de su empresa. |
| Objetivo |
Potenciar los gastos y la inversión anual realizada por su empresa en proyectos realizados o en ejecución para desarrollar nuevos productos, procesos o materiales.
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| ¿Cuáles son los beneficios? |
Los beneficios del Programa de Estímulo Fiscal, están fundamentados en el artículo 219 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se resumen en:
- El estímulo fiscal consistirá en un crédito fiscal del 30 por ciento de los gastos e inversiones comprobables en proyectos de desarrollo de productos, materiales y procesos de producción, investigación y desarrollo de tecnología, así como los gastos en formación de personal de investigación y desarrollo de tecnología que se consideren estrictamente indispensables para la consecución de dichos proyectos, realizados en el ejercicio, de conformidad con el Anexo Único de las Reglas de Operación del Programa.
- Dar valor agregado a sus productos, procesos y materiales como medio para tener una ventaja competitiva en el mercado.
- Potenciar el conocimiento y capital intelectual de la empresa a través de proyectos de I+DT.
- Aplicar al ISR o al Impuesto al Activo causado en el ejercicio que corresponde dicho crédito fiscal o su remanente a lo largo de 10 años en declaraciones anuales a partir de que fue otorgado.
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| ¿A quién va dirigido |
A todos los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, personas morales o físicas con actividad empresarial que inviertan en el desarrollo de nuevos productos, procesos o materiales. |
| ¿Cómo acceder? |
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| ¿A quién contactar para mayor información? |
Correo electrónico: estimulosfiscales@conacyt.mx
Centro de Soporte Técnico
- Area Metropolitana al teléfono: 53 22 77 08
- Del Interior al teléfono: 01800-800-8649
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| Responsable del programa |
Dr. Leonardo Ríos Guerrero
Director Adjunto de Desarrollo Tecnológico y Negocios de Innovación.
dat@conacyt.mx
Ing. Claudia Carreño Fernández
Directora de Estímulos Fiscales.
estimulosfiscales@conacyt.mx
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